El Tribunal Supremo confirma la anulación de la modificación puntual del planeamiento de esta urbanización ubicada en la zona de influencia del Parque Nacional
G. Llopis/. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación del Ayuntamiento de Los Molinos, la inmobiliaria de la ONCE (ONCISA) y la Entidad de Conservación, contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del pasado 2 de febrero en la que estimaba el recurso de Ecologistas en Acción y declaraba nula la Modificación Puntual previamente aprobada por la Comunidad de Madrid, y condena a los recurrentes al pago de las costas.
Esta Providencia confirma que la urbanización, situada en el ámbito del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama y en la zona de influencia del Parque Nacional, ha quedado clasificada como suelo no urbanizable y las viviendas allí construidas han quedado ‘fuera de ordenación’, por lo que no se podrán construir las viviendas. El grupo municipal de Unidas Podemos en el Ayuntamiento de Los Molinos apoyó desde el principio de este proceso en 2014, la legalización de las 98 viviendas ya construidas y habitadas y las zonas comunes, mientras que las zonas no construidas tendrían que mantener su clasificación de suelo no urbanizable por ser rústico, con una cobertura arbórea superior al 30%.
Tras la ratificación por parte del Tribunal Supremo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2 de febrero de 2022, la situación vuelve al punto de partida y toda la zona ha quedado fuera de ordenación. Ecologistas en Acción Sierras señala que las viviendas ya construidas configuran un ámbito urbano consolidado por lo que el Ayuntamiento molinero deberá comenzar cuanto antes a redactar los documentos que restauren la legalidad urbanística en esta zona.