El fallo judicial no ha impedido que los terrenos pertenecientes a ‘El Espartal’ situados al oeste de la parte de la finca integrada en el Parque Regional del Sureste sigan clasificados como suelo urbanizable común
Redacción/. Han transcurrido dos años desde que el Tribunal Supremo desestimara el recurso de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Valdemoro contra la sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Madrid de mayo de 2012.
Este último tribunal rechazaba la clasificación como suelo urbanizable no sectorizado (SUNS) de los terrenos de la finca El Espartal, Valderremata y los situados al este de la Radial 4, e incluidos en la IBA 393, que el PGOU de 1999 clasificaba como suelo no urbanizable sujeto a protección (SNUEP).
Espartal-Ecologistas en Acción de Valdemoro denuncia en el ámbito local la inacción del gobierno municipal de Ciudadanos, que ha dilapidado la mitad de la legislatura sin ejecutar la sentencia judicial al tiempo que anuncia estar estudiando medidas dirigidas a la ejecución de la sentencia.








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