Las Normas Subsidiarias de San Lorenzo, paradas

La Plataforma Escurialense presenta alegaciones al Proyecto de Modificación Puntual número 18

V.Goded/. El texto tiene como fin ampliar el catálogo de usos e instalaciones susceptibles de ser ubicados en suelo no urbanizable, introduce actividades que favorezcan el desarrollo rural sostenible, como la comercialización de productos agropecuarios, los establecimientos de turismo rural, la rehabilitación de edificaciones existentes para uso residencial u hotelero, lo que supone la ocupación de grandes superficies ahora zonas verdes.

La asociación ciudadana considera que está redactado de una forma que implica la Revisión de las Normas Subsidiarias y no una simple Modificación Puntual, con lo que solicita su retirada en aplicación del artículo 69.2 de la Ley de Suelo de la región madrileña, en donde se afirma que la reforma de Planes de Ordenación Urbana “no podrá afectar ni a la clasificación del suelo, ni suponer la disminución de zonas verdes o espacios libres”.

Además, plantea que los conceptos “deberían regularse de forma concreta y específica las condiciones a que habrán de someterse los distintos usos tolerados y no hacer una simple enumeración de los mismos”. En ese sentido, la Plataforma Ciudadana Escurialense considera especialmente grave la falta de definición de las obras de ampliación indispensables para el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad que se permite en los casos de rehabilitación.

Preocupación por el valor histórico

Uno de los aspectos que más asusta es que el proyecto permite la aparición de múltiples centros turísticos o residenciales agresivos para el entorno y contrarios a los objetivos que, tanto la UNESCO como el Ejecutivo regional, propugnan para el Conjunto Histórico Artístico del Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial.

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