
De este forma se mantiene la obligación de que se clasifiquen como suelo no urbanizable de protección en el planeamiento urbanístico
Redacción/. En el Consejo de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid celebrado hoy, la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha informado de que se mantendrá la obligación de clasificar el suelo de las vías pecuarias como no urbanizable protegido, mejorando incluso la redacción actual.
En enero de 2026, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras sometió a trámite de información pública el Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el incremento de la oferta de vivienda con protección pública. En ese momento, la Plataforma Ecologista Madrileña —formada por la Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono (ARBA), la Asociación Ecologista del Jarama El Soto, el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA), Jarama Vivo y Liberum Natura— constató que la nueva norma, sin relación con la regulación de las vías pecuarias, preveía la modificación del artículo 25 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias. La reforma eliminaba la obligación expresa de ‘calificar’ urbanísticamente las vías pecuarias como suelo no urbanizable.
Los colectivos integrantes de la Plataforma presentaron alegaciones en las que justificaban los potenciales efectos negativos que esta modificación legal tendría sobre la conservación, la integridad y la protección jurídica de la red madrileña y, por extensión, de la Red Nacional de Vías Pecuarias. Además, han puesto en marcha una campaña en la que animan a otros colectivos y a particulares a dirigirse al consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid para solicitar su intervención con el fin de salvaguardar estos caminos ancestrales con más de 700 años de antigüedad.
Los ecologistas muestran su satisfacción por la decisión pero critican que se mantenga el silencio positivo
Si bien los colectivos ecologistas muestran su satisfacción por la decisión, critican que se mantenga el silencio positivo en caso de que la Administración pública responsable de la gestión de las vías pecuarias —la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación— no emita el informe preceptivo en el plazo de tres meses. Es decir, si un ayuntamiento o un promotor privado tramitan un planeamiento urbanístico que afecte a la Red de Vías Pecuarias madrileña y la Administración pública no emite el informe correspondiente en el plazo indicado, se considerará que acepta la propuesta recogida en dicho planeamiento.
A juicio de la Plataforma Ecologista Madrileña, estos informes no emitidos no pueden considerarse favorables, ya que suponen una reducción sustancial de las garantías de tutela del dominio público pecuario.
















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