La Justicia prohíbe las quemas de linderos agrícolas como medida contra el topillo

Topillo campesino.Los tribunales de Castilla y León prohíben las quemas de linderos, ribazos, baldíos, desagües agrícolas o rastrojos 

Redacción/. Una reciente sentencia de la Sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, notificada a las partes el pasado 13 de noviembre, ha estimado parcialmente la demanda presentada por Ecologistas en Acción con el respaldo de WWF-España, contra el Acuerdo 78/2016 de la Junta de Castilla y León que contenía determinadas actuaciones contra el topillo campesino.

En su sentencia, el Tribunal Superior da la razón a la entidad recurrente que alegaba que no está probada la efectividad del fuego en las denominadas ‘zonas de dispersión’ para el control de las poblaciones de topillo, sino que daña ecosistemas que albergan predadores naturales de los topillos y en general causa graves daños a toda la biodiversidad presente.

El Tribunal reconoce que la Administración no ha demostrado, ni técnica ni científicamente, que el fuego sea necesario para prevenir y controlar las poblaciones de las plagas de topillos.

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